La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) ha emitido la Circular N°3839, que fija los lineamientos del Plan Anual 2025 de Prevención de Accidentes y Enfermedades Laborales, el cual será obligatorio para mutuales, el ISL y empresas con administración delegada.
Forma parte del fortalecimiento de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024–2028, exigiendo a los empleadores mayor planificación, control de riesgos y trazabilidad documental.
¿Qué establece?
La circular instruye la elaboración y ejecución del Plan Anual de Prevención 2025, obligatorio para los organismos administradores del seguro de la Ley Nº16.744 y para las empresas con administración delegada del seguro de accidentes del trabajo.
El objetivo es reforzar las estrategias preventivas de enfermedades profesionales y accidentes laborales, en línea con la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el propósito de fomentar un entorno laboral más seguro y saludable.
Fundamentos normativos
La Circular se basa en artículos específicos de la legislación:
- Ley N°16.744: sobre seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Ley N°16.395: sobre organización y atribuciones de la SUSESO, como rol fiscalizador.
- D.S. N°2/2024: sobre política nacional de SST.
Elementos del Plan Anual 2025
- Priorización de empresas
Enfoque en entidades de hasta 100 trabajadores y aquellas con alta incidencia de accidentes o enfermedades (TMERT).
Algoritmo de priorización vía sistema GRIS: entrega de información al 31 de enero de 2025.
- Autoevaluación instituidos por las empresas
Revisión del cumplimiento legal, gestión de riesgos y funcionamiento del Comité Paritario. Informe al 31 de enero de 2025, consolidado y enviado antes del 15 de enero de 2026.
- Asistencia técnica en IPER
Apoyos especializados en identificación de peligros, evaluación de riesgos, con enfoque de género e inclusión.
- TMERT y salud ocupacional
Gestión de trastornos musculoesqueléticos relacionados con el trabajo, en sectores de alto riesgo (salud mental, manufactura, construcción).
Vigilancia de agentes cancerígenos (arsénico, cadmio, cromo VI, citostáticos) según protocolos.
- Capacitación y campañas preventivas
Programas para prevención de riesgos, violencia laboral, uso de EPP, trabajo en altura, emergencias, entre otros.
- Monitoreo y reportes
Reportes semestrales vía GRIS sobre avance del Plan, cierre de campañas con encuesta de satisfacción antes de noviembre 2025.
¿Qué debe cuidar un empleador en 2025?
- Participación activa y cumplimiento
Realizar la autoevaluación y priorización, entregando informes al 31 de enero 2025 según los anexos P02 y GRIS.
- Fortalecimiento del Comité Paritario
Estar implementados, capacitados y funcionales, participando en IPER, informes, capacitaciones y campañas.
- Gestión técnica profesional
Acceder a asistencia técnica para elaboración y actualización de matrices IPER, abordajes específicos de TMERT, cáncer ocupacional y violencia laboral.
- Capacitación documentada
Evidenciar formación en seguridad y salud ocupacional, incluyendo género, inclusión y emergencias.
- Vigilancia epidemiológica
Garantizar cobertura de exámenes para trabajadores expuestos, conforme a protocolos.
- Seguimiento y cierre ordenado
Reporte al 15 de marzo 2025 del plan anual, envíos semestrales de avance y cierre de campañas con encuestas antes de noviembre de 2025.
¿Qué es el “programa de cumplimiento”?
Dentro del Plan Anual, el programa de cumplimiento es un mecanismo interno de estrategia preventiva que permite a la empresa:
- Identificar sus áreas de riesgo.
- Implementar acciones de control.
- Realizar monitoreo periódico.
- Generar reportes para supervisión interna (Comité Paritario) y externa (GRIS/SUSESO).
Este programa integra la autoevaluación, acciones IPER, capacitaciones, y controles de salud, sirviendo como columna vertebral del SG-SST para demostrar responsabilidad y adherencia regulatoria.
Importancia del Compliance Laboral
La implementación de esta circular no solo responde a una obligación legal, sino que forma parte de un enfoque más amplio de compliance laboral. Este concepto comprende la adopción de políticas, protocolos y prácticas empresariales destinadas a:
- Prevenir infracciones a la normativa laboral y de seguridad social.
- Identificar y gestionar los riesgos laborales, reputacionales y jurídicos.
- Promover una cultura de cumplimiento, ética y transparencia.
- Demostrar diligencia frente a inspecciones de la Dirección del Trabajo y fiscalizaciones de la SUSESO.
En 2025, el compliance laboral no es una opción, sino una necesidad estratégica, especialmente ante un sistema preventivo cada vez más riguroso, transparente y centrado en la trazabilidad del riesgo.